La justicia europea declara ilegales las restricciones a los VTC impuestas en Barcelona

La justicia europea declara ilegales las restricciones a los VTC impuestas en Barcelona

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado que limitar el número de licencias a los vehículos de turismo con conductor (VTC) en función de las que se otorguen a los servicios de taxi es contrario al derecho de comunitario. El veredicto pone en cuestión gran parte de las restricciones aprobadas en los últimos años por las autoridades de Aragón, Baleares, Cataluña o Valencia.



El TJUE considera que otorgar una licencia de VTC por cada treinta de taxi y exigir obtener una autorización específica adicional suponen una restricción a la libertad de establecimiento consagrada en el derecho de la Unión.

En concreto, la ratio de una licencia de VTC por cada 30 de taxi “limita efectivamente el acceso al mercado a todo recie?n llegado”, y el requisito de la licencia adicional “limita el nu?mero de prestadores de servicios de VTC del Área Metropolitana de Barcelona”.

La sentencia responde a la petición del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña le plantó al TJUE ante la demanda la sociedad Prestige and Limousine, que opera la marca Cabify, contra el reglamento para limitar el número de VTC en la región metropolitana de la Ciudad Condal.

Por otra parte, el tribunal europeo analiza también si las limitaciones impuestas a la libertad de establecimiento están justificadas por “el interés general”. En su sentencia considera que si bien los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público y de la protección del medio ambiente, pueden constituir razones imperiosas de interés general, “el objetivo de garantizar la viabilidad económica de los servicios de taxi es un motivo de carácter puramente económico”.

Sin embargo, el TJUE estima que la exigencia de una autorización adicional sí “puede resultar necesaria” para estos objetivos de interés general. Los jueces aclaran que “debe basarse en criterios objetivos, no discriminatorios y conocidos de antemano, que excluyan cualquier arbitrariedad y que no se solapen con los controles ya efectuados en el marco del procedimiento de autorización nacional”.

El dictamen avala los argumentos de que los servicios de VTC ayudan a lograr estos objetivos de interés general, al fomentar la “reducción del uso del vehículo privado y utilizar energías alternativas, así como contribuir a alcanzar el objetivo de una movilidad eficaz e integradora, gracias a su nivel de digitalización y a la flexibilidad en la prestación de servicios”.

También señala que “es posible adoptar medidas menos restrictivas para limitar el posible impacto de la flota de los VTC en el transporte”, como la “organización de los servicios de VTC, limitaciones de estos servicios durante determinadas franjas horarias o incluso restricciones de circulación en determinados espacios”.

Las asociaciones Feneval Unauto, con el 100% de la representación del sector en el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC), han recibido este jueves "con satisfacción” la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y emplazan a las autoridades españolas a adaptar la normativa para que el número de licencias “sea determinado en función de las necesidades de movilidad y no con base en los intereses del taxi”.

Como señala el portavoz de Feneval VTC, Ignacio Manzano, la sentencia "no hace sino demostrar que la regulación de algunas regiones españolas es contraria al Derecho Español y Europeo, y nos coloca a la cola de muchos países de la región en materia de movilidad y sostenibilidad".

 

Estas asociaciones recuerdan además que en países de Europa donde no existe esta limitación, la oferta de movilidad para ciudadanos y turistas es mucho mayor, ya que el número de taxis y VTC por cada 1.000 habitantes es muy superior. Según sus datos, en Londres, es de 10,1; en Amsterdam; de 8,5; en Lisboa, de 5,7; o en París de 5,5; mientras que en Barcelona se sitúa en el 3,5.